Los Estados pueden denegar la reagrupación familiar si el solicitante carece de recursos
por Joan Serra Mingot
Bruselas21 abril 2016
En su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia de la UE ha avalado la ley española y permite que los Estados miembros puedan denegar una solicitud de reagrupación familiar si el interesado no dispone de recursos económicos suficientes durante el año siguiente a la fecha de la solicitud. La valoración puede basarse en la evolución de los ingresos obtenidos durante los seis meses anteriores.
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