Si sigue cubriendo necesidades de interés general, una compañía no pierde su carácter de organismo público por llevar a cabo actividades industriales o comerciales, sobre todo si encarga su realización a una de sus filiales. Así lo aclara una sentencia del Tribunal de Justicia sobre el caso de ARA, la compañía a la que dos municipios holandeses encargaron la recogida de residuos sin concurso, por considerarla pública.
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