España, condenada por cobrar indebidamente el IVA a ciertas entidades deportivas

España incumple, según el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas(TJCE), determinadas disposiciones de la denominada sexta directiva del IVA. Y es que, de entre las entidades privadas de carácter social (sin ánimo de lucro) que prestan servicios directamente relacionados con el deporte, únicamente exime del pago del IVA a aquéllas cuyas cuotas no superen determinadas cantidades.

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