Holanda discrimina fiscalmente a las sociedades matrices con filiales en otros Estados miembros

por Lorena García Ferrer

El Tribunal de Justicia europeo, con sede en Luxemburgo, ha sentenciado hoy que las disposiciones fiscales holandesas que perjudican a las sociedades matrices con filiales en otros Estados miembros no son compatibles con el Derecho comunitario. La sentencia del caso Bosal Holding BV contra el Servicio de Impuestos establece que la supeditación del carácter deducible de los gastos de participación de la sociedad matriz, establecida en Holanda, en el capital de una filial en otro país de la Unión, a condición de que esta última genere beneficios imponibles en Holanda, constituye una restricción injustificada de la libertad de establecimiento.

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