Los Estados miembros deben asumir los gastos médicos de los ciudadanos afiliados a sus sistemas sanitarios

por Gema Boiza Muñoz

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado que los gastos médicos de una persona provista de formularios E-111 y E-112 que ha de ser hospitalizada en un Estado tercero deben ser asumidos por la institución de la seguridad social del Estado miembro de estancia y reembolsados por la institución del Estado miembro de afiliación.

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