Los bancos deberán informar a sus clientes sobre su derecho a anular los contratos de crédito destinados a financiar la compra de un bien inmobiliario, que ha sido adquirido a través de la venta a domicilio. El Tribunal de Justicia de la UE ha respondido así hoy a dos jurisdicciones alemanas de Bremen, Alemania, que habían pedido a la justicia europea una interpretación correcta de la directiva "de venta a domicilio", de 1985, para resolver litigios entre inversores inmobiliarios y bancos. Así, en el caso de que un banco no informe de este derecho a anular el crédito, deberá también hacerse cargo de los riesgos que comporta este tipo de contrato de compra, ya que se considera que de haber actuado correctamente hubiera evitado a su cliente exponerse a situaciones poco legales.
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