El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha condenado a España por no haber adoptado un programa de reducción de la contaminación de la Ría de Vigo, lo que supone una violación de la directiva relativa a la calidad de las aguas destinadas a la cría de moluscos. Sin embargo, el Estado español ha salido bien parado de otra denuncia a la que se enfrentaba por incumplimiento de la directiva sobre aguas de baño. Así, la justicia europea no ha considerado como violación de la legislación comunitaria el hecho de no designar oficialmente tres playas gallegas como "zonas de baño".
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