El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha concluido que Holanda incumple la directiva comunitaria de ordenación del tiempo de trabajo al permitir la sustitución de las vacaciones mínimas anuales por una indemnización económica, cuando el trabajador no la ha utilizado dentro del año previsto. La sentencia aclara que tal compensación económica sólo puede darse en caso de que concluya la relación laboral entre el trabajador y la empresa. El Tribunal también ha recordado la importancia que tiene para la seguridad y la salud del empleado disfrutar de un descanso efectivo.
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