Son los Veinticinco los que deben evitar la doble imposición sobre los dividendos de sociedades extranjeras

por Paula Sánchez-Alciturri Díez

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que los dividendos de acciones de sociedades deben gravarse con un tipo impositivo uniforme, independientemente del Estado miembro en el que estén establecidas. Además, en una sentencia emitida hoy ha explicado que no cree necesario que se conceda una bonificación fiscal equivalente a los impuestos recaudados en el país donde se ha generado el beneficio. Según el documento, es suficiente con que los Estados miembros eviten la doble tasación. La Comisión Europea, por su parte, ha mostrado su desacuerdo con la sentencia que, según dice, "no tiene en cuenta el mercado único".

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