El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha concluido que un sistema de intercambio de información sobre el crédito, como el registro entre entidades financieras Asnef-Equifax, no tiene por qué restringir la competencia, siempre y cuando el mercado no esté fuertemente concentrado, que no se identifique a los acreedores y que el acceso no sea discriminatorio. La Corte responde así al Tribunal Supremo español que tenía dudas sobre la compatibilidad de este registro y el derecho comunitario, ante el recurso interpuesto por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC).
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