El Tribunal de Justicia de la UE ha afirmado hoy que una empresa incurre en un abuso de posición dominante, y por tanto viola el derecho comunitario, si no atiende pedidos normales de mayoristas con el fin de impedir que éstas exporten sus productos a otros Estados miembros donde se venden a un precio más elevado. Para determinar si las solicitudes son normales, es necesario tener en cuenta el volumen de pedidos respecto a las necesidades del mercado del Estado miembro en el que se esté abusando, presuntamente, de la posición dominante. También hay que estudiar las relaciones mantenidas anteriormente entre la empresa y los mayoristas afectados. Esta sentencia se refiere a una demanda presentada contra la empresa de productos farmacéuticos GlaxoSmithKline en Grecia por un presunto abuso de posición dominante al limitar sus ventas a los mayoristas griegos.
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