El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado hoy que España viola el derecho comunitario al aplicar únicamente una exención fiscal a los premios de lotería y juegos de azar entregados por organizaciones establecidas en su territorio que ejercen actividades de carácter social sin ánimo de lucro, mientras que los procedentes de organismos del mismo tipo ubicados en otros Estados miembros no quedan exentos. El fallo señala que esta práctica constituye una vulneración de las obligaciones derivadas de la libre prestación de servicios.
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