Un ciudadano rumano se opuso a cumplir con una orden de detención europea porque el país emisor no le había concedido una audiencia previa. El Tribunal de Justicia de la UE ha determinado hoy que no existe la obligación de escuchar antes al acusado ya que eso arruinaría el ‘factor sorpresa’ y facilitaría que se dé a la fuga.
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