Las condiciones laborales de los trabajadores desplazados deben regirse por el país de acogida

por Jorge Hernández López

El Tribunal de Justicia ha sentenciado hoy que de la Directiva del desplazamiento de trabajadores “se desprende sin ambigüedad” que la cuantía del salario mínimo se regula según la normativa del Estado miembros de acogida. No obstante, apunta que la legislación no se opone a que sea calculado por horas. También recuerda que todos los empleados tienen derecho a un periodo de vacaciones remuneradas.

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