A la hora de cerrar un préstamo con una moneda extranjera, es conveniente conocer el tipo de cambio que se aplica, ya que en caso de que quede a tenor de las fluctuaciones, no se considera necesariamente una cláusula abusiva. Son las conclusiones del Abogado General de la UE ante la denuncia de un matrimonio que firmó un préstamo hipotecario en francos suizos en un banco de Hungría.
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