El Tribunal de Justicia de la UE ha aclarado hoy el concepto de “centro de trabajo” en materia de ERE. Cuando una empresa está formada por varias entidades, se debe entender como “centro de trabajo” aquel donde los trabajadores se hallan adscritos para desempeñar su cometido, por lo cual, el Tribunal exige que se tomen en consideración los despedidos efectuados en cada centro de trabajo por separado.
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